Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2.016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación. Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ,
ABG. MICBE BASTIDAS SANTAELLA
LA SECRETARIA
ABG. YENNY DELGADO CEGARRA
La anterior sentencia interlocutoria se publicó en esta misma fecha, siendo las 08:50 de la mañana.
LA SECRETARIA
ABG. YENNY DELGADO CEGARRA
ASUNTO : JP51-L-2015-000102