este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICA Y UNIVERSAL HEREDERA y en consecuencia conforme a los autos se declara a su hija GENESIS ELISETT QUINTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.399.049, domiciliada en la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, estado Guárico como ÙNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de los derechos dejados por la DE CUJUS, PETRA CECILIA QUINTANA, quien en vida fuera, titular de la Cédula de Identidad V-8.551.199, fallecida ab-intestato en el Hospital Dr. José Francisco Torrealba, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, estado Guárico en fecha veintisiete (27) de Octubre del año 2.024. Así se dec.....