Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA POR RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana: EMILIA DEL VALLE SEQUERA BOLIVAR, mediante su Apoderada Judicial, Abogada: IVONNE LEDEZMA DE SANTAELLA, contra la ciudadana: YARITZA DE LOS SANTOS MORENO DE CASTILLO, contrato de arrendamiento por tiempo determinado, celebrado y suscrito por las partes contratantes, sobre un inmueble propiedad de la parte demandante, constituido por una casa – quinta, ubicado en la calle “Venezuela”, Barrio “Bicentenario”, de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico