este Juzgado Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión: PRIMERO: Se CONDENA al Acusado RAMÓN ANTONIO GUEDEZ NAVARRETO, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor en la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño concatenado con el artículo 260 ejusdem, igualmente se le condena a las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal.
Publíquese, diarícese, y notifíquese la presente Sentencia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en la ciudad de San Juan de los Morros, a los diecisiete (17) días del mes de enero de 2006.
El Juez.
Abog. Ramón Vivas Frontado
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