Seguidamente la PARTE DEMANDADA luego de darse por notificada y a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrece pagar a la actora la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.f.3.500,oo Bolivares actuales). El pago se verifica en este mismo acto para así dar por terminado el presente juicio con aceptación de la parte demandante. La citada cantidad resulta previa deducciones recibidas oportunamente por la actora, y constituye las diferencias de Prestaciones Sociales, y demás beneficios laborales que se da por reproducido en el libelo de la demanda admitido en su oportunidad legal, reconocido por la accionante como pago pendiente por esos conceptos reclamados. La PARTE DEMANDANTE anteriormente identificada, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la demandada en los términos y condiciones expuestas, declarando .....