DISPOSITIVA
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano: LUTARDO ANTONIO SUAREZ LORETO, supra identificado, en contra de la entidad de Trabajo "FARMACIA LA POPULAR III, C.A."
SEGUNDO: Se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS no contrarios a derecho, se reconoce la relación laboral, la causa de terminación por retiro voluntario, el tiempo de servicio, las vacaciones no disfrutadas ni pagadas, el bono vacacional, las utilidades y el salario alegado por el demandante.
TERCERO: La cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTIOCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (BS. 22.128.00), por concepto de prestaciones sociales previstas en el articulo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
CUARTO: La cantidad de QUINCE MIL CIENTO VEINTIOCHO BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 15,128.00), por concepto de Vacaciones y Vacaciones Fraccionadas la cual conforme a los Artículos 190 y 196 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras le cor.....