En consecuencia este Tribunal de Juicio Nro. 01, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : DECIDE: PRIMERO: Se Niega la solicitud de la Defensa y se MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra del ciudadano DARWIN JOSE RODRIGUEZ PEREZ portador de la Cédula de Identidad N° V- 16.643.533, natural de Santa Maria de Ipire , Estado Guárico, de estado civil soltero, de 24 años de edad, de oficio obrero, residenciado en la calle Doce de Febrero, Municipio Bello Monte, Casa N° 03 Maracay Estado Aragua., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 407 y 418 ambos del Código Penal, cometidos en perjuicio de los ciudadanos RAMON CARMELO HERNNADEZ TORREALBA y JESUS ANTONIO HERNNADEZ TORREALBA.