Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 02 del Circuito Alternativo Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MANDATO DE CONDUCCION, solicitado por el Fiscal Quinto del Ministerio Público del Estado Guárico, a los fines de que conduzcan por la Fuerza Pública y con el debido respecto de sus derechos constitucionales ante su despacho a los ciudadanos JUSTO PAEZ, DORIS NAVAS, CESAR CARDENAS, EMILIO ORTEGOSA, HERNAN LIRA, FRANCISCO HERRERA, RAFAEL MEJIAS y RICHARD RODRIGUEZ, domiciliados en el sector Agrícola Guasduita, ubicado en el sector Las Ventanas, Camaguán Estado Guárico, a fin de ser entrevistado sobre los hechos que se investigan; para lo cual se acuerda comisionar ampliamente a la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA CORE N° 6, DESTACAMENTO 65, Calabozo Estado Guárico. Todo con fundamento a los artículos 130 y 310 .....