En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 1, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad, ABSUELVE, al ciudadano: FRANK JENNY HERNÁNDEZ, venezolano, natural de esta localidad, en donde nació el 04-03-1975, de 33 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Escolta de Seguridad, hijo de José Celestino Romero Quinta y de María Natividad Hernández, domiciliado en Barrio José Antonio Páez, calle La Estrella N° 4, titular de la Cédula de Identidad N° 11.794.562, por la comisión del delito PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por cuánto se evidencia que no se probó su autoría y la consiguiente responsabilidad penal del delito por el cual la Representante del Ministerio Público lo acusó ante este Tribunal, dado que no existieron elementos de convicción suficientes en el juicio oral y públ.....