Por todo lo ante expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Oferta Real y Depósito Judicial, intentada por la parte Demandante-Oferente CONSTRUCCIONES Y VIALIDADES CAMERO COMPAÑÍA ANONIMA, (CONVIALCA), debidamente inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 25 de marzo de 2008, anotado bajo el Nº 29, Tomo 3-A de los libros respectivos, representada por el ciudadano VICTOR MANUEL CAMERO FRACASSI, titular de la cédula de identidad Nº V-14.893.557. En consecuencia, se REVOCA, la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con Sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fech.....