Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12 y 243 en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto en fecha 16 de septiembre de 2024, por el abogado Carlos Norberto Santander Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 312.468, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, ciudadana ROSA MARIA AFONSO MORENO, contra la providencia dictada en fecha 1° de agosto de 2024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: La Nulidad Absoluta de todo lo actuado en el proceso, desde el auto les.....