DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA Conmutar por Confinamiento el resto de la pena de prisión que le falta por cumplir, al penado ELÍAS RAMÓN ARCILA PRIETO, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-7.281.943, de un tiempo de Un (01) año, seis (06) meses y diecinueve (19) días, tiempo que le falta por cumplir de la pena, mas un tercio (1/3) del tiempo antes señalado, es decir seis (06) meses, seis (06) días y doce (12) horas, para un tiempo total de dos (02) años, veinticinco (25) días, y doce (12) horas, que cumplirá en fecha 11 de abril del 2006, a las doce (12) horas del mediodía, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 53 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. y que deberá cumplir en re.....