este tribunal de Control N° 04 libró una orden de aprehensión en contra de los ciudadanos José Luis Zerpa Ávila y Andrés Eloy Zerpa Ortiz, trascribiendo como el número de cédula del primero de los nombrados el N° 10.497.848, siendo el correcto el N° 10.497.843, es por lo que este tribunal ordena rectificar el error cometido, de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia ordena librar la respectiva orden de aprehensión dictada y fundamentada en fecha 02 de marzo de 2005, en contra de los ciudadanos José Luís Zerpa Ávila y Andrés Eloy Zerpa Ortiz, señalando como números de cédula de los mencionados ciudadanos N° 10.497.843 y 14.705.147 respectivamente. Notifíquese al Fiscal. Líbrese la orden de aprehensión rectificando el número de cédula de José Luís Zerpa Ávila. Ofíciese. Cúmplase.
El Juez,
Héctor Tulio Bolívar Hurtado
La Secretaria,
Zulimar Castro.
Causa N° JP01-P-2005-664.