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Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en Divorcio de la separación de cuerpos a la cual se refieren las presentes actuaciones y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: YULIMAR JOSEFINA GONZALEZ DELGADO Y MIGUEL ANGEL OLIVARES, ambas partes identificadas en los autos, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autònomo "Pedro Zaraza " del Estado Guárico, en fecha 10 de Mayo de 2006, según acta N°27.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua a los diecisiete dìas del mes de marzo del año dos mil ocho. - Años: 197° de la Indepen.....