Se dicto Resolución mediante la cual esta Juez Unipersonal N° 13, considerando el Interés Superior y la Protección Integral del niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, DECRETÓ COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL, a favor del niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, en el domicilio de su abuela paterna ciudadana MARITZA RAMONA VILLAZANA DE SEGURA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.551.228, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 literal I de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos, con lo establecido en los artículos 394, 395 y 396 ejusdem.