DISPOSITIVA:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 04 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud de la Defensa, en consecuencia, se sustituye La Medida Privativa Preventiva De Libertad por Medida Cautelar Sustitutiva De La Privativa De Libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Presentaciones cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía 14º del Ministerio Público en contra del imputado JESÚS ALFONSO VILLEGAS LICÓN, plenamente identificado, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. TERCE.....