Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA PENAL, a un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, quedando en LIBERTAD PLENA el ciudadano ALEXIS RAFAEL SILVA VARGAS; para que se traslade hasta la ciudad de San Juan de los Morros a los fines de resolver su situación jurídica, en virtud de que se encuentra delicado de salud en garantía del artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones, todo ello de conformidad a lo previsto a los artículos 57, 61 y 77 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Reg.....