Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Eduardo Domínguez, actuando en su condición de defensor público penal N° 04, del ciudadano José Miguel Herrera, contra la sentencia definitiva, publicada el día 05-12-2005, dictada por el Juez de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Calabozo, en virtud de la cual se condeno al mencionado ciudadano a la pena de 20 años de prisión por el delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 (sic.) ordinal 3° letra "a" del Código Penal venezolano. En consecuencia, se confirma la decisión impugnada. Todo de conformidad con los artículos 7° y 77 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 457 del Código Orgánico Procesal Penal