Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1) Decreta una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad al ciudadano Marino Ramón Herrera, venezolano, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, nacido en fecha 08-01-1953, de 54 años de edad, estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio La Morera, sector Colinas de San Nicolás, casa sin número, de esta ciudad, hijo de Venancio Valera (F) y Maria Herrera Pérez (V), titular de la cedula de identidad Nro. C.I. V- 7.278.953, por encontrarse llenos los supuestos del artículo 250 ordinales 1°, 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en la comisión del delito de los delitos de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilíc.....