DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, dictado en fecha 17/03/2015 y en consecuencia se condena al demandado al pago de la suma de PRIMERO: LA SUMA DE DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES, CON CERO CENTIMOS (BS 2.862.500, 00) monto total de las letras de cambio motivo de la demanda. SEGUNDO: LA SUMA DE SETECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 715.625,00) por concepto de costas calculadas por el Tribunal en un 25% del valor de la demanda.
En razón de que ambas partes se encuentran a derecho, no es necesario sus notificaciones.
Publíquese incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese.....