Se declaró CON LUGAR la acción de divorcio, intentada por el ciudadano Antonio José Martínez Mireles en contra de la ciudadana Yarisma Coromoto Gámez Peralta, ambos identificados anteriormente, por estar comprobada la desavenencia existente. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos Antonio José Martínez Mireles y Yarisma Coromoto Gámez Peralta, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Juan Germán Roscio, en fecha 01 de febrero de 1.990, según acta de matrimonio No. 17.