Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12 y 15 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.346 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. En consecuencia declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, incoada por el ciudadano JOSÉ JOAQUÍN FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.615.052, contra la ciudadana AURA BERNARDA FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.345.073, ambos de este domicilio, por estar prescrita la acción interpuesta.
SEGUNDO: Se condena en costas a la .....