DISPOSITIVA
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento: DECLARA que la reo LIRIA GRATEROL GODOY, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.855.677, HA REDIMIDO de su condena un tiempo de redención de Ocho (08) meses, Diecisiete (17) días y Doce (12) horas de la redención nos da un total de detención de Dos (02) años, Tres (03) meses y Catorce (14) días; en virtud que fue condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) años de prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, le falta por cumplir de la pena impuesta un total de Un (01) año, Tres (03) meses y Tres (03) días de prisión, pena que terminará de cumplir en fecha (03-03-2010) a las doce del Meridiem, de todo de conformidad con lo artículo 3 y 6 Ley de Redención Jud.....