III
Dispositiva
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos: EDUARDO LUIS PERAZA TORREALBA y VANESSA DE LA CARIDAD ZERPA MEDRANO, venezolanos, mayores edad y titular de las cédulas de identidad Nros V- 20.314.467 y V- 24.237.163, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio Nieves, San Juan de los Morros, Estado Guárico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 422 del año 2.....