DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Fundo: El Plan B, sector Rio Verde de la parroquia San José de Tiznado, Municipio Ortiz del estado Guárico, constante de una superficie de veinticuatro hectáreas con treinta y tres metros cuadrados (24 Has con 33 m2) comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: Galeras de Mapire; Sur: Carretera Dos Caminos Tinaco. Este: Terreno ocupado por Clara Nuñez y Oeste: terreno ocupado por Sabato de Vita, a favor de la ciudadana Carmen Senovia López Núñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-10.270......