En base a los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales intentada en la presente causa por el ciudadano PABLO ARAY, contra la asociación Civil Taxi Ejecutivo La Rosa representada por el ciudadano CARLOS EDUARDO LA ROSA LEONE hoy ¿Auto Repuestos Francar Compañía Anónima¿ por sustitución de patronos.
SEGUNDO: Declara confesa a la parte demandada a tenor de lo establecido el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la cantidad de 2.381.405 Bs por los siguientes conceptos:
Antigüedad: Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: = 601.110.
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