Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS INDEMNIZACIONES LABORALES, sigue la ciudadana YRAIMA YSABEL ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.918.931 y de este domicilio; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO GUARICO. SEGUNDO: Se CONDENA a la parte demandada; supra identificada; a cancelar a la parte demandante; la suma de BOLIVARES DIEZ MILLONES TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 10.037.428,65); lo que equivale actualmente a BOLIVARES FUERTES DIEZ MIL TREINTA Y SIETE.....