Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara EDGARD ENRIQUE APONTE TENEPE, a la ciudadana SERGIA DAMIANA TAIZEN viuda DE APONTE, y a sus cinco (05) hijos los ciudadanos JULIO CÉSAR, EDGAR ENRIQUE, WALKER ALEXANDER, JESÚS ENRRIQUE Y SERGIO ENRIQUE quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 14.539.449, 16.384.716, 16.284.713, 18.220.328 y 20.908.830 respectivamente, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. Así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.- DÉJESE CONSTANCIA EN EL LIBRO DIARIO Y EN EL DE SOLICITUDES. Devuélvase Original con sus resultas .....