Vistos los anteriores recaudos, este Tribunal considera precedente y ajustado a derecho conmutar el resto de la pena en gracia de confinamiento al penado TOVAR PEREIRA JUAN JOSÉ, quien cumplirá el resto de la pena bajo vigilancia del Registrador Civil del Municipio Juan Germán Roscio, Estado Guárico, por el lapso de 02 años, 04 meses y 07 días, hasta el día 24 de enero de 2013, bajo régimen de presentaciones cada treinta (30) días, de acuerdo con los artículos 20 y 52 del Código Penal, en armonía con el artículo 479, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; ofíciese a la Dirección del Centro antes mencionado en San Juan de Los Morros, Estado Guárico, con boleta informativa que deberá presentarse personalmente ante este Despacho para darse por notificado de la presente decisión, dentro de las 24 horas siguientes.