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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Rectificación de Partidas de Nacimiento intentada por ante este Despacho por el ciudadano DAVID REYES ORTEGA, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: JOSE CLODOMIRO AZOCAR CORDOVA, ANA ELENA AZOCAR CORDOVA DE CORDOVA, ROSA DE JESUS CORDOVA, ANIBAL JOSE GUERRA CORDOVA, PEDRO LUIS GUERRA CORDOVA, BLANCA OLIMPIA GUERRA CORDOVA DE GIL, MARIA SUSANA GUERRA CORDOVA DE CORTEZ e IRIS NATIVIDAD GUERRA CORDOVA.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en Valle de la Pascua a los Diecisiete.....