PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente acción de Querella Interdictal Restitutoria, incoada por el ciudadano JOSE FREITES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº-4.998.896, asistido en este acto por el abogado JOSE ANGEL MALAVE MACHUCA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 7.624, contra el ciudadano EULOGIO RAMON FARFAN, venezolano, soltero, titular de la cedulad de identidad Nro. 3.350.142.
SEGUNDO: Se ordena remitir mediante oficio el presente expediente al Tribunal de origen.
TERCERO: No hay condenatorias en costa debido a la naturaleza de la presente sentencia.