este Juzgado HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES (Bs. 11.000,oo) con aceptación de la demandante. La citada cantidad comprende todos los conceptos reclamados en el libelo debidamente admitido en su oportunidad legal, tales como Prestación de Antigüedad, Vacaciones y Bono Vacacional, Utilidades, Indemnización por despido injustificado, tiempo de viaje, bono de altura, tiempo de comida, fideicomiso o fondo de prestación de antigüedad, bono de alimentación no otorgado, salarios caídos y cualquier otro beneficio laboral que generó la relación laboral, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente transcurridos cinco (05) días de despacho contados a partir de la presente fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pasc.....