Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Antonio Celestino Palacios Dangelo, en su condición de victima, asistido por la Abg. Nancy Liscano, en contra la decisión proferida en fecha 1 de febrero de 2016 y publicada en fecha 2 de febrero de 2016, que decretó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de los ciudadanos Luís Eduardo Parado Manzano y Heriberto José Mijares Laya, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 242 numeral 9º del Código Orgánico Procesal Penal, y en relación al ciudadano Federico José Granda Camacho de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 242 numeral 3º y 9º Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Utilización .....