En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoada por los abogados OMAIRA MAGALLANES ESCALA y FRANKLIN ROJAS ZAMORA, debidamente inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 95.803 y 68.795 respectivamente, a solicitud del ciudadano JOSE ANTONIO MATERANO GUANIPA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.668.598, contra la ciudadana ENEIDA HIELU CHIRINO GUANIPA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.794.429, en beneficio de sus hijos, (...), de cuatro (04) y diez (10) años de edad, respectivamen.....