A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos RONALD DAVID MARCANO GARCIA y LISBETH NAGUANAGUA YEPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 13.686.021 y V-12.784.691, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 27 de septiembre de 2008, por ante la Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez del Municipio Sucre, según acta No. 146, libro 1 del año 2008, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar Oficios a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, al Registro Principal del Estado Bolivariano de Miranda y a la Oficina Nacional del Consejo Nacional Electoral del Estado Bolivariano de Miranda, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del CPC.