Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 02 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano EUGENIO RAMON ESTANGA LAYA, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, donde nació en fecha 18-01-1959, por cumplimiento definitivo de pena. Es por ello que este Tribunal de Ejecución, Nº (02) del Circuito Judicial Penal, con sede en san Juan de los Morros, Estado Guárico, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por concluido el presente Asunto Penal, por cumplimiento de pena del penado EUGENIO RAMON ESTANGA LAYA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.070.941, a tal efecto decreta su libertad plena. De igual forma se deja constancia que el penado EUGENIO RAMON ESTANGA LAYA, que la respectiva Boleta de LIBERTAD, surtirá sus efectos, el día 20 de Febrero del 2011, siendo esta la oportunidad legal en que el penado adquiere su.....