Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte Actora – Intimante, ciudadano BIAGGINE ESTANGA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.297.840, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.027, actuando en ejercicio de sus propios derechos e intereses, con domicilio en Altagracia de Orituco, Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de fecha 07 Diciembre del 2.016. Se declara la INADMISIBILIDAD de la acción propuesta de conformidad con los artículos 341 y 78 del Código de Procedimiento C.....