DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Finca La Parentera", ubicado en el sector Cañote, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de noventa y dos hectáreas con tres mil quinientos treinta y dos metros cuadrados (92 has con 3.532 mts2), alinderado de la siguiente manera; Norte: Carretera nacional vía Calabozo el Sombrero; Sur: Terreno ocupado por Fundo Paraíso; Este: vía de penetración y Oeste: Terreno ocupado por Fundo Rancho Grande, a favor del ciudadano Félix Rafael Parente Laya, venezolano, mayor de eda.....