DISPOSITIVA
Por las razones y argumentos antes señalados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia AGRARIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Querella Interdictal Restitutoria, propuesta por los ciudadanos SANTIAGO RAFAEL RODRIGUEZ ACOSTA, SANTIAGO RODRIGUEZ Y ARCESIO VILLANUEVA SANTOFINO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.627.538, 81.225 y 6.502.415, con domicilio en el primero de los nombrados en la Urbanización Villas del Paraíso, calle 1, casa N° 07, de esta ciudad de Calabozo Estado Guárico contra PEDRO ELÍAS ACEVEDO BAPTISTA, OLGA ACEVEDO, MARÍA APONTE, ADOLFO ACEVEDO Y OLGA CARO, quienes son venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio. En virtud de esta decisión, se revoca la restitución, decretada en fecha 18-05-2005, y .....