Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano imputado JOSE MANUEL HERNANDEZ, venezolano, natural de Rubio Estado Táchira, nacido en fecha 07/10/74, titular de la cédula 11.113.176, de 35 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Barrio Elena de Chávez, calle principal, antes del sector Bello Horizonte, de esta ciudad, conforme a lo previsto en los artículos 79 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dichos artículos y por los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de V.....