En virtud de todo lo antes expuesto, y de acuerdo con los criterios legales anteriormente mencionados, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada, referida a la falta de competencia de este Tribunal por el territorio, para conocer del presente juicio.
SEGUNDO: Se declara INCOMPETENTE en razón del territorio, para seguir conociendo la presente causa, y DECLINA SU COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente de acuerdo a su distribución, por lo que se ordena remitir el presente expediente en su debida oportunidad, al mencionado Tribunal Distribuidor, todo de conformidad con los Art.....