...Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia, en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos sobre los bienes dejados por el De Cujus JUAN MÓNICO GONZÁLEZ, deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a su ESPOSA la Ciudadana: LIGIA BELEN RUÍZ DE GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.713.335 y a sus HIJOS los Ciudadanos: MARÍA DE LOURDES GONZÁLEZ DE HERRERA, ALEXIS RAMÓN GONZÁLEZ RUÍZ, YOEL DAVID GONZÁLEZ RUÍZ, JUAN CARLOS GONZÁLEZ .....