DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:
Primero: Anula las actuaciones emanadas del Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, desde el acto de la celebración de audiencia oral de calificación de flagrancia en relación al segundo y tercer punto de la decisión, referentes a la admisión de la acusación y al otorgamiento de la suspensión condicional del proceso; así como todos los demás actos procesales posteriores que tienen conexión directa con dicho beneficio, como lo son entre otros, la orden de aprehensión dictada el 10 de noviembre de 2.005 y la medida judicial privativa de libertad acordada en fecha 24 de abril de 2.006. Quedando vigente la calificación de flagrancia y la aplicación del procedimien.....