Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin lugar la apelación de la parte actora contra el auto del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 27 de julio de 2011, la cual queda confirmada; todo en el juicio seguido por ALI JESUS SANCHEZ TORRES, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad N° 6.126.478, por enfermedad profesional, contra HILTI DE VENEZUELA, S.A., empresa mercantil, de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, y Estado Miranda, en fecha 30 de mayo de 1993, bajo el N° 72, tomo 46-A-Pro. No hay imposición en costas conforme a lo previsto en el artículo 64 de la .....