DISPOSITIVA
Por todas las razones precedentemente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, analizado y leído como lo fue el escrito y demás recaudos provenientes de la Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, estima como graves los hechos allí narrados y en consecuencia de conformidad con lo previsto en los artículos los artículos 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 23, 108 ordinal 14º, 118, 120 ordinal 3º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor del ciudadano LUIS ALBERTO OVALLES, titular de la cédula de identidad Nº V-6.223.219, residenciado en Urbanización Las Palm.....