Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: YRANA MILAGROS ORTIZ VILLANUEVA Y ARNALDO JOSE FERRER, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V- 20.588.977 y V- 18.971.606, respectivamente, contraído en fecha
05 de Enero del 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 002 del año 2012, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.-
Conforme lo dispone el artículo 506 del Código Civil, defini.....