Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial de San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide en los siguientes término: PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Ciudadana ARGELIA CONTRERA DE STICCA, titular de la cédula de identidad N° 4.938.405; en consecuencia, se Niega la entrega de las 12 máquinas de juego solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese la presente decisión. Notifíquese. Cúmplase.
La Juez Temporal,
Abg. Annakarine Peña Arcay
La Secretaria,
Abg. Froiber Rodríguez