CAPITULO V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación formulado la representación judicial de la empresa Co-demandada TELCEL C.A. y SISTEMAS TIMETRAC C.A., contra el auto dictado en fecha 05 de agosto de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual emitió pronunciamiento de las pruebas promovidas por la parte demandada. SEGUNDO: Se ordena al juez a quo admitir las pruebas de informes en los en que fueron promovidas por la parte recurrente, para lo cual deberá remitírsele copia certificada del escrito de pruebas, a cada ente o empresa, para la precisión en los términos de la información requerida.....