En fuerza de las consideraciones y razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges, ciudadanos WISTON ALEXANDER ROJAS y KAREN NAYAURY SEVILLA PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.453.966 y V-16.029.471, respectivamente decretada el 30 de marzo de 2015, por este Juzgado, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 19 de noviembre de 2010, ante el Registro Civil del Municipio Manuel Placido Maneiro, Capital Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta en Acta Nº 204, correspondiente al año 2010.
Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en el Artículo 506 del Código Civil Venezolano.
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