En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda Homologar la presente transacción y ordena el archivo del presente expediente. Así se decide.
HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,
HMP/LM/yt
Exp. 387-16